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(CNBV) COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

 Órgano desconcentrado de la SHCP 

 tiene por objeto

supervisar  (a través de las facultades de inspección, vigilancia, prevención y corrección que le confieren las leyes y disposiciones aplicables)

y regular, en el ámbito de su competencia a las entidades financieras (las personas fisicas y morales), con el fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento,

así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su conjunto, en protección de los intereses del público. 

con autonomia tecnica y facultades ejecutivas en los terminos de la propia Ley de la Comision Nacional Bancaria y de Valores.

 

Los esfuerzos regulatorios de la CNBV están encaminados a cumplir con tres objetivos principales:

1.    Proteger los intereses del público inversionista;

2.    Procurar que el mercado sea justo, eficiente, transparente y líquido; y,

3.    Procurar la reducción del riesgo sistémico.

Dichos objetivos son igualmente importantes y se encuentran estrechamente vinculados entre sí, ya que muchas de las condiciones tendientes a procurar que los mercados sean justos, eficientes, transparentes y líquidos son útiles también para proteger los intereses de los inversionistas y reducir el riesgo sistémico.

A continuación se señalan algunas de las acciones que realiza la CNBV para cumplir con estos objetivos.

 

1 .-La protección de los intereses de los inversionistas

La confianza de los inversionistas es indispensable para que el mercado de valores pueda desarrollarse y operar de manera estable.

Es por ésto, que un elemento preponderante en este contexto,

lo constituye la información veraz y oportuna, clara y equitativa a disposición del público inversor, sobre la situación que guardan las diferentes emisoras en el mercado, los intermediarios, y la liquidez de los valores que son negociados.

Según lo establece el Articulo 2 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las diferentes actividades que lleva a cabo dicha institución, tienen por objeto la protección de los intereses del público.

Para llevar a cabo una oferta pública de valores, las emisoras deben solicitar a la CNBV su inscripción en el Registro Nacional de Valores, para lo cual deben preparar un prospecto de colocación, que es un documento que contiene información que permite a los inversionistas conocer el panorama completo de la empresa, incluyendo su situación financiera, económica y jurídica, los riesgos que pueden presentarse en el futuro, así como cualquier otra información relevante para la toma de decisiones de inversión.

Los prospectos de colocación son revisados por la CNBV,

la cual se cerciora de que éstos cuenten con información de alta calidad.

 Asimismo, para garantizar que dicha información se dé a conocer de manera oportuna y equitativa,

 los prospectos son puestos a disposición de cualquier inversionista interesado a través de la página de Internet de la Bolsa Mexicana de Valores, cuando menos diez días antes de la oferta pública para el caso de acciones.

En un entorno de cambios constantes la revelación de información al momento de la oferta pública no garantiza que los inversionistas se encuentren adecuadamente informados después de la colocación respectiva. Por este motivo las emisoras están obligadas a presentar al mercado reportes trimestrales, que contienen sus estados financieros.

Adicionalmente, las emisoras están obligadas a informar al mercado, de manera continua, sobre cualquier evento que pudiera tener un efecto sobre los precios de sus valores.

Por lo que se refiere a las casas de bolsa se requiere que cuenten con una autorización de la SHCP, previa opinión de la CNBV, para actuar en tal carácter. Para obtener esta autorización, el candidato a intermediario debe contar con un capital mínimo y con los medios materiales y técnicos necesarios para desempeñarse como tal.

Las casas de bolsa deben informar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores los nombramientos de consejeros, director general, contralor normativo y directivos con la jerarquía inmediata a la del director general.

Los intermediarios deben utilizar los servicios de personas físicas autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para celebrar operaciones con el público, de asesoría, promoción, compra y venta de valores. Dicha autorización sólo la pueden obtener las personas que acrediten contar con honorabilidad e historial crediticio satisfactorios y capacidad técnica necesarias para llevar a cabo las actividades citadas.

Para cerciorarse que los intermediarios continúan cumpliendo con los requisitos necesarios para actuar con tal carácter y que se apegan a las obligaciones que les marca la Ley, así como a los usos y sanas prácticas del mercado, la CNBV lleva a cabo actividades de supervisión que incluyen visitas de inspección a las oficinas de los intermediarios, el monitoreo de las operaciones que los mismos celebran y la vigilancia mediante el análisis de su información económica y financiera.

 

2 Procurar que el mercado sea justo, eficiente, transparente y líquido

Respecto al segundo objetivo de la regulación, consistente en procurar que el mercado sea justo, eficiente, transparente y líquido, resulta conveniente explicar el significado de cada uno de estos conceptos.

2.1) Un mercado es justo en la medida en la que se encuentra exento de conductas contrarias a los usos y sanas prácticas del propio mercado y siempre que todos los inversionistas pueden llevar a cabo transacciones en igualdad de condiciones. Con la finalidad de procurar que el mercado sea justo, la CNBV ha emitido regulación que establece requisitos mínimos a los sistemas en los que las casas de bolsa registran las órdenes que reciben de sus clientes y asignan las operaciones correspondientes. Estos sistemas deben garantizar que las órdenes de los clientes se ejecuten bajo el criterio de primero en tiempo, primero en derecho, ante igualdad de condiciones y que los intereses del cliente antecedan siempre a los del intermediario.

Asimismo, las reglas de operación contenidas en el Reglamento Interior de la BMV se encuentran sujetas a la revisión y aprobación de la CNBV, de tal forma que éstas no favorezcan a algunos participantes del mercado sobre otros.

Adicionalmente, la justicia en el mercado se procura a través de la supervisión de las operaciones que se llevan a cabo, identificando y sancionando al uso indebido de información privilegiada, la manipulación de precios y en general cualquier actividad contraria a los usos y sanas prácticas del mercado.

2.2) Un mercado es eficiente si los precios de los valores que en él cotizan reflejan toda la información que atañe a una emisora. La ley del Mercado de Valores establece que se entiende por evento relevante todo acto, hecho o acontecimiento capaz de influir en los precios de los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores. El conocimiento de eventos relevantes que no hayan sido revelados al público constituye información privilegiada.

2.3) La transparencia en el mercado se alcanza cuando la información relativa a las negociaciones se pone a disposición del público inversionista en tiempo real. Esta información incluye tanto aquélla que se da de manera previa a la negociación como la que se genera como resultado del cierre de operaciones. En particular, la información previa a la negociación se refiere a los precios a los que los participantes en el mercado están dispuestos a vender o comprar en determinado momento, mientras que la información posterior a la negociación es aquélla vinculada con los precios a los que se celebraron las operaciones y el volumen correspondiente. Esta información le permite al inversionista conocer el valor de su inversión y es útil para determinar la factibilidad de efectuar una operación a determinado precio.

La transparencia en el mercado de valores mexicano se garantiza a través de diversos sistemas de difusión de información con que cuenta la BMV.

2.4) Finalmente, la liquidez de un mercado depende del importe que se negocia en el mismo, lo que además de resultar atractivo para inversionistas y emisoras, es útil para evitar que se lleven a cabo prácticas contrarias a los intereses del mercado.

Desde el punto de vista regulatorio, la liquidez se procura al establecer requisitos para que los valores de las emisoras puedan obtener y mantener su listado en bolsa. Entre los requisitos que se exigen se encuentran porcentajes mínimos de capital a colocar, número mínimo de inversionistas y nivel mínimo de operatividad.

Cuando un mercado es justo, eficiente, transparente y líquido, se puede afirmar que su desarrollo está asegurado en beneficio de todos sus participantes.

 

3 Procurar la reducción del riesgo sistémico

Dada la interrelación que existe entre el sector financiero y la economía del país, las dificultades que enfrenta el primero pueden tener consecuencias negativas inmediatas en la actividad económica.

De hecho, el aumento en la percepción de riesgo en una institución podría traducirse en que sus clientes optaran por dejar de hacer negocios con ésta, deteriorando aún más su situación financiera.

Es necesario advertir, que ni la regulación financiera, ni las actividades de supervisión pueden evitar en todos los casos la quiebra de algún intermediario. Sin embargo, son útiles para reducir la probabilidad de que esto suceda. Asimismo, para aquellos casos en los que la quiebra de un intermediario no pueda evitarse, la regulación debe establecer mecanismos que disminuyan el impacto de esta situación sobre el sistema financiero en su conjunto.

En este sentido, la CNBV ha emitido regulación de carácter prudencial aplicable a los intermediarios, que está encaminada a procurar que éstos cuenten con sistemas de control interno adecuados que les permitan medir y limitar la toma excesiva de riesgos. Entre las medidas para reducir el riesgo sistémico se tienen las siguientes:

Entre las reglas de carácter prudencial más importantes se encuentran los requerimientos de capital, bajo los cuales los intermediarios están obligados a mantener capital suficiente para hacer frente a los riesgos que están asumiendo. Es necesario contar con mecanismos eficientes de liquidación y compensación de valores eficientes. Es por ésto que en México, los valores que se intercambian en el mercado se encuentran depositados en el Instituto para el Depósito de Valores (Indeval), lo que evita, cuando se llevan a cabo transacciones, el traslado los valores para su entrega, sino que únicamente se hacen traspasos en los registros contables del propio Indeval y de los intermediarios.

El contar con un depósito centralizado de valores permite también que la compensación y liquidación se lleve a cabo bajo la modalidad de entrega contra pago, lo que ayuda a reducir aún más el riesgo, toda vez que no se entrega dinero más que con la entrega simultánea de valores, y viceversa.


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