Es un instrumento negociable, es una "promesa" incondicional por escrito, dirigida de una persona a otra, firmada por el formulante del pagaré, en donde se compromete a pagar a su presentación, en una fecha fija o tiempo futuro determinable, cierta cantidad de dinero junto con los intereses a una tasa especificada a la orden y al portador.
Los pagarés se
derivan de la venta de mercancía, de prestamos en efectivo, o de la conversión
de una cuenta corriente. Los pagarés por lo general, llevan intereses, los
cuales se convierte en un gasto para el girador y un ingreso para el
beneficiario.
Estos instrumentos
negociables se debe pagar a su vencimiento. Hay casos en los que no es posible
cobrar el pagaré a su vencimiento, por lo que se requiere de acción legal.
Ventajas de los pagaré
- *Se paga en efectivo.
- *Hay alta seguridad de pago, al momento de realizar alguna operación comercial.
Desventajas de los
pagaré
* La acción legal, al momento de surgir algún incumplimiento en el pago.
Como se
utilizan los pagaré para un financiamiento
Como ya se ha dicho
anteriormente, los pagarés se derivan de la venta de mercancía, de prestamos en
efectivo, o de la conversión de una cuenta corriente. Este documento debe
contener ciertos elementos de negociabilidad entre los que destacan:
-Debe ser por escrito y estar firmado por el girador.
-Debe contener una
orden incondicional de pagar cierta cantidad en efectivo estableciéndose
también la cuota de interés que se cobrará por la extensión del crédito a
cierto tiempo. El interés se calculan, por lo general, en base a 360 días por
año.
-Debe ser pagadero a favor de una persona designada, o puede estar hecho al
portador.
-Debe ser pagadero a su presentación o en cierto tiempo fijo y futuro
determinable.
Cuando un pagaré no
es pagado a su vencimiento y es protestado, el tenedor del mismo debe preparar
un certificado de protesto y un aviso de protesto que deben ser elaborados por
alguna persona con facultades notariales.
La persona que
protesta paga al notario público una cuota por la preparación de los documentos
del protesto; estos gastos, se le pueden cobrar al girador del pagaré, quien
está obligado a reembolsarlos.
Posteriormente el
notario público aplica el sello de "Protestado por Falta de Pago" con
la fecha del protesto, y aumenta los intereses acumulados al monto del pagaré,
firmándolo y estampando su propio sello notarial.
Comentarios
Publicar un comentario