La OMC es la base legal del sistema comercial entre varios países. De ella se derivan las principales obligaciones pactadas, que determinan la manera en que los gobiernos forman y aplican las leyes y reglamentos comerciales nacionales. Y es también la base en la que se desarrollan las relaciones comerciales entre los distintos países mediante discusiones, negociaciones y juicios.
En
pocas palabras, la Organización Mundial del Comercio (OMC) es el único
organismo internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre
los países.
Antecedentes
Con
la firma de los acuerdos de Marrakech el 15 abril de 1994 concluyeron ocho años
de arduas negociaciones de la ronda de Uruguay del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio GATT, uno de los mayores
éxitos de esa ronda fue la creación de la Organización Mundial de Comercio (OMC)
como respuesta a los nuevos retos del comercio internacional. La OMC es la encarnación de
los resultados de las Negociaciones de Uruguay y la sucesora del Acuerdo
General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT).
Funciones
- El propósito primordial
de la OMC es contribuir a que las corrientes comerciales circulen con
fluidez, libertad, equidad y
previsibilidad. El resultado es la certidumbre.
Los consumidores y los productores saben que pueden contar con un
suministro seguro y con una mayor variedad en lo que se refiere a los
productos acabados, los componentes, las materias primas y los servicios
que utilizan, mientras que los productores y los exportadores tienen la
certeza de que los mercados exteriores permanecerán abiertos a sus
actividades.
- Para lograr ese
objetivo, la OMC se encarga de: Administrar los acuerdos comerciales, para
que el entorno económico mundial se vuelva más próspero, tranquilo y
fiable.
- Servir de foro para las negociaciones
comerciales. Resolver las diferencias comerciales.
- Supervisar las políticas
comerciales nacionales.
- Ayudar a los países en
desarrollo con las cuestiones de política comercial, prestándoles
asistencia técnica y organizando programas de formación.
- Cooperar con otras organizaciones internacionales.
Acuerdos de la OMC
Las
normas de la OMC -los acuerdos- son fruto de las negociaciones celebradas entre
los Miembros. El cuerpo de normas actualmente vigente está formado por los
resultados de las negociaciones de la Ronda Uruguay, celebradas entre 1986 y
1994, que incluyeron una importante revisión del Acuerdo General sobre
Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) original. El GATT constituye ahora el
principal compendio de normas de la OMC para el comercio de mercancías. La
Ronda Uruguay también permitió establecer nuevas normas centradas en el
comercio de servicios, los aspectos pertinentes de la propiedad intelectual, la
solución de diferencias y el examen de las políticas comerciales.
Gracias
a estos acuerdos, los Miembros de la OMC dirigen un sistema de comercio no
discriminatorio que establece sus derechos y obligaciones. Todos los países
reciben garantías de que en los mercados de otros países se otorgará a sus exportaciones un trato equitativo y
uniforme y todos ellos se comprometen a hacer otro tanto con las importaciones dirigidas a sus propios
mercados. El sistema también ofrece a los países en desarrollo cierta
flexibilidad en lo que respecta al cumplimiento de sus compromisos.
Miembros de la OMC
La
OMC está integrada por más de 130 Miembros, que representan más del 90 por
ciento del comercio mundial. Más de 30 países están negociando su adhesión a la
Organización. Las decisiones son adoptadas por el conjunto de los países
Miembros. Normalmente, esto se hace por consenso. Los Acuerdos de la OMC han
sido ratificados por los parlamentos de todos los Miembros.
Solución de diferencias
El procedimiento de la OMC
para resolver desacuerdos comerciales previsto por el Entendimiento sobre Solución
de Diferencias es vital para garantizar el cumplimiento de las normas y
asegurar así la fluidez del comercio.
Los países someten sus diferencias a la OMC cuando estiman
que se han infringido los derechos que les corresponden en virtud de los
acuerdos. Las opiniones de los expertos independientes designados especialmente
para la ocasión se basan en la interpretación de los acuerdos y de los
compromisos individuales contraídos por los países.
El sistema alienta a los países a que solucionen sus diferencias
mediante la celebración de consultas. Si esto no surte efecto, pueden iniciar
un procedimiento detalladamente estructurado que consiste en varias fases e
incluye la posibilidad de que un grupo de expertos
adopte una resolución al respecto y el derecho de recurrir contra tal
resolución alegando fundamentos jurídicos.
Comentarios
Publicar un comentario