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¿QUE LEY SE DEBE APLICAR UNA SOCIEDAD EXTRANJERA?

 

¿QUE LEY SE DEBE APLICAR A LA CAPACIDAD, FUNCIONAMIENTO Y DISOLUCIÓN DE UNA SOCIEDAD EXTRANJERA? 

 

CAPACIDAD

 

ATRIBUCIÓN DE NACIONALIDAD

Desde el punto de vista jurídico, es una cualidad que se atribuye a las personas, para determinar la aplicación de un determinado conjunto de normas jurídicas (sobre su constitución, otorgamiento de personalidad y de capacidad, etc.)

 

 

DETERMINACIÓN DE NACIONALIDAD

Manifestación de voluntad de los fundadores.

Lugar de radicación de la empresa.

Lugar de la reunión normal de accionistas.

Lugar de radicación principal del Consejo Administrativo.

Legislación conforme a la cual se constituyó.

Lugar de constitución.

Nacionalidad de los socios.

Lugar en que se integra el capital social.

Lugar de la principal explotación social.

Domicilio social.

 

 

LEY DE NACIONALIDAD Y NATURALIZACIÓN

Capítulo I, Disposiciones Grales. (Art. 5)

Las autoridades federales están obligadas a proporcionar a la secretaria los informes y certificaciones que ésta les solicite para cumplir con las funciones que ésta ley le encomiende.

En el caso de las autoridades estatales y municipales, la secretaria les solicitará estos informes y certificaciones, con respeto a sus respectivas competencias, cuando la requiera para el cumplimiento de sus funciones materia de esta ley.

 

FUNCIONAMIENTO

 

ACTUACIÓN PERMANENTE

Para ejercer el comercio en la República, una sociedad extranjera debe obtener autorización de la SE e inscribirse en el Registro Público de Comercio.

 

CÓDIGO COMERCIO

Libro I, Título I, De Los Comerciantes (Art. 15)

Las Sociedades legalmente constituidas en el extranjero que se establezcan en la República, o tengan en ella alguna agencia ó sucursal, podrán ejercer el comercio, sujetándose a las prescripciones especiales de este Código en todo cuanto concierna a la creación de sus establecimientos dentro del territorio nacional, a sus operaciones mercantiles y a la jurisdicción de los tribunales de la Nación.

En lo que se refiera a su capacidad para contratar, se sujetarán a las disposiciones del artículo correspondiente del título de Sociedades extranjeras.

 

CÓDIGO COMERCIO

Capítulo II, Del Registro de Comercio (Art. 24)

Las sociedades extranjeras deberán acreditar, para su inscripción en el Registro Público de Comercio, estar constituidas conforme a las leyes de su país de origen y autorizadas para ejercer el comercio por la Secretaría, sin perjuicio de lo establecido en los tratados o convenios internacionales.

 

LEY DE SOCIEDADES MERCANTILES

Cápítulo XII, De Las Sociedades Extranjeras (Art. 250)

Las sociedades extranjeras legalmente constituidas tienen personalidad jurídica en la República.

 

LEY DE SOCIEDADES MERCANTILES

Cápítulo XII, De Las Sociedades Extranjeras (Art. 251)

Las sociedades extranjeras sólo podrán ejercer el comercio desde su inscripción en el registro.

La inscripción sólo se efectuará mediante autorización de la SE, que será otorgada cuando se cumplan los sig. requisitos:

Comprobar que se han constituido de acuerdo a las leyes del Edo. del que sean nacionales (copia contrato).

Que el contrato y demás documentos no sean contrarios al orden público en México.

Que se establezcan en la Rep. (agencia o sucursal).

Las sociedades extranjeras estan obligadas a publicar anualmente un BG.

 

CÓDIGO COMERCIO

Título I, De Los Comerciantes (Art. 3)

Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria.

Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles.

Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.

 

INCUMPLIMIENTO

Puede darse el caso de que una sociedad extranjera realice operaciones en la República sin haber obtenido la autorización de la Secretaría competente y sin haberse inscrito en el Registro Público de Comercio.

En tal caso, la sucursal se someterá a un régimen jurídico independiente de la matriz.

 

DISOLUCIÓN

 

QUIEBRA

La circunstancia de que una sociedad extranjera establezca en México una agencia o sucursal, y tenga bienes y valores, no supone la constitución de un patrimonio separado, pues tales bienes y derechos son considerados propiedad de la persona moral radicada en el extranjero.

 

 

ž  Según el artículo 13 de la LQSP, las sucursales de las empresas extranjeras pueden ser declaradas en quiebra independientemente de la situación de la mtriz, de modo que afecte sólo a los bienes situados en la Rep.

ž  Debe entenderse que con el producto de los bienes situados en la Rep. Se hará el pago a los acreedores correspondientes y que sólo el remanente se pondrá a disposición de la matriz.

 

 

ž  Por tanto, en caso de quiebra de la sociedad los bienes existentes en la República Mexicana deberán confundirse con los bienes de la matriz y demás sucursales y los acreedores surgidos habrán de presentarse ante el Tribunal extranjero a cobrar el dividenco que les correspondiera.

 

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